¿Cómo invertir en Honduras?
- COMO INSTALAR UNA EMPRESA
1.1 Constitución de una Empresa y su Registro
El Código de Comercio de Honduras establece que una empresa puede adquirir dos formas:
- Comerciante Individual
- Comerciante Social
1.1.1 Comerciante Individual
Es una persona física que realiza en nombre propio y por medio de una empresa, una actividad comercial, industrial o profesional.
Facultades:
- Ejerce un control total de la empresa
- Dirige personalmente su gestión
- Responde de las deudas contraídas frente a terceros con todos sus bienes y derechos
Quienes pueden constituirse como comerciante individual:
- Las personas que tengan capacidad de ejercicio (que puedan valerse por sí mismos).
- Los menores de edad, mayores de dieciocho años, que hayan sido emancipados o habilitados.
- Los mayores de dieciocho años, no emancipados, que hayan sido autorizados por quienes tengan sobre ellos la patria potestad o tutela. El permiso de su representante o tutor debe ir en la escritura de constitución.
Riesgos:
El empresario pone en riesgo sus bienes personales ya que con estos responde a sus deudas contraídas en el ejercicio de las deudas contraídas en el ejercicio de su actividad empresarial.
Requisitos de constitución mediante Escritura Pública ante un notario:
- Datos generales (nombres, apellidos, nacionalidad, estado civil, ocupación, número de teléfono, numero de la tarjeta de identidad)
- Finalidad de la empresa (a que actos de comercio que se va a dedicar)
- Denominación Social (el nombre de su empresa)
- Domicilio de su empresa (lugar donde va a operar)
- Nombre del gerente o administrador (a título propio o puede nombrar a alguien más)
Requisitos de constitución mediante “Mi Empresa en Línea”:
Llenar el formulario con la siguiente información:
- Datos Generales de la Sociedad
- Capital e Inicio de Actividades
- Datos del Comerciante Individual
https://www.miempresaenlinea.org
Requisitos de inscripción al Registro Mercantil:
- Realizar un aviso de publicación, diciendo que se ha constituido como comerciante en un diario de mayor circulación.
- Ir con el aviso de publicación y la escritura pública al Registro Mercantil que se encuentra en la Cámara de Comercio e Industrias de su localidad.
- Realizar el pago por concepto de servicios registrales tomando en cuenta el monto del capital que declare el comerciante.
1.1.2 Sociedad Mercantil
Es una persona jurídica que tiene por objeto la realización de actos de comercio o la realización de una actividad sujeta al derecho comercial.
Tipos de Sociedades más comunes en Honduras:
- Sociedades Anónimas: es la que existe bajo una denominación; y tiene un capital fundacional dividido en acciones, cuyos socios limitan su responsabilidad al pago de las que hubieren suscrito.
Capital Mínimo: VEINTICINCO MIL LEMPIRAS (L.25,000.00)
- Sociedades de Responsabilidad Limitada: es la que existe bajo una razón social o bajo una denominación y cuyos socios sólo están obligados al pago de sus aportaciones, sin que las partes sociales, que nunca estarán representadas por títulos valores, puedan cederse sino en los casos con los requisitos que establece el presente Código.
Capital Mínimo: CINCO MIL LEMPIRAS (L.5,000.00)
Máximo de Socios: 25 socios (Estas sociedades podrán ser de capital variable)
Requisitos de constitución mediante Escritura Pública ante un notario:
- Nombre o Razón Social de la Empresa
- Descripción de lo que se dedicara la empres
- Domicilio o Dirección de la Empresa
- Capital inicial dependiendo del tipo de sociedad
- Fotocopia de documentos personales (DNI o Pasaporte y RTN de los socios)
- La distribución del capital entre los socios o accionistas
- Duración o la declaración de constituirse por tiempo indefinido.
Requisitos de constitución mediante “Mi Empresa en Línea”:
Llenar formulario con la siguiente información:
- Datos Generales de la sociedad
- Capital e inicio de actividades
- Datos de los socios
- Cláusulas de administración
- Listado de gerentes
- Resolución de conflictos
https://www.miempresaenlinea.org
Requisitos de inscripción a Registro Mercantil:
- Presentar solicitud de registro debidamente completada
- Escritura Original/Contrato Societario de Constitución
- Fotocopia de RTN
- Recibo de Pago por el Registro
- En concepto de tasa registral L.200.00, cuando el acto o contrato fuese de valor indeterminado o cuando no exceda de L. 1,000.00 y cuando el valor exceda de L.1, 000.00 se pagará además de la tasa base L.1.50 por millar o fracción de millar.
Nota: El trámite de debe realizar en la Cámara de Comercio e Industria de su localidad
También se da la opción de Incorporación de Sociedad Extranjera, que es en el caso de las sociedades cuyo domicilio no se encuentra dentro del Territorio Nacional, está deberá primero:
- Realizar ante La Secretaría de Estado en los despachos de Desarrollo Económico una solicitud para poder ejercer actos de comercio en el país y para lo cual deberá presentar:
- Comprobar que está legalmente constituida de acuerdo con la ley del país en que se hubiere organizado;
- Comprobar, que, conforme a dicha ley y a sus estatutos, puede acordar la creación de sucursales con los requisitos que este Código señale, y que ha sido válidamente adoptada la decisión relativa;
- Tener permanentemente en la República, cuando menos un representante con amplias facultades para realizar todos los actos y negocios jurídicos que hayan de celebrarse y surtir efectos en territorio nacional;
- Constituir un patrimonio afecto a la actividad mercantil que haya de desarrollar en la República. Su reducción sólo podrá hacerse observando los requisitos para la reducción de capital y previa autorización de la Secretaría de Hacienda;
- Comprobar que todos sus fines son lícitos conforme a las leyes nacionales y que, en general no es contraria al orden público; y,
- Protestar sumisión a las leyes, tribunales y autoridades de la República, en relación con los actos o negocios jurídicos que celebrare en el territorio hondureño o que hayan de surtir efectos en el mismo.
- Presentar en el Registro Mercantil de la Cámara de comercio de su localidad:
- Certificado de Registro de la sociedad en su país de origen
- Acuerdo de asamblea donde se nombra un representante permanente y residente en Honduras.
- Pago de L. 200.00 si no se establece un capital inicial, en caso de establecer un capital se hará el pago de acuerdo con la tasa registral de las sociedades nacionales.
Estos documentos deben presentarse legalizados (autentica o apostilla), y ser de fecha reciente. Si son de idioma diferente al español deben presentarse debidamente traducidos.